Crítica y Resistencias. Revista de conflictos sociales latinoamericanos

N° 7 Año 2018. ISSN: 2525-0841. Págs.15 - 30

http://criticayresistencias.com.ar

Edita: Colectivo de Investigación El Llano en Llamas

Estado y política pública en clave feminista: Sobre la perpetua pretensión estatal de categorizar el “ser mujer”[1]

State and politics in a feminist view: About the perpetual state pretension of categorizing “being woman”

Leticia Echavarri[2]

Resumen

El género, como categoría teórica y política, ha posibilitado interpelar los presupuestos ontológicos y epistemológicos positivistas, de corte fuertemente patriarcal, clasista, colonial y racista bajo los que asentó y fundamentó - y aún lo hace - su lógica jerárquica, pretendidamente objetiva y neutral en la gestión de lo público.  En esta línea, el artículo presenta una aproximación analítica de la política pública en clave feminista, recurriendo a tales fines a una caracterización de los principales imaginarios que la atraviesan y la disputan en su decir y fabricar. Posteriormente, - y en vinculación a este esquema planteado - se trazan unas breves reflexiones en torno a los obstáculos y desafíos que supone este campo de políticas para el Estado. Finalmente, plantea como interrogante las tensiones puestas en circulación ante las reconfiguraciones del concepto de género, el que rompiendo su inicial conexión con la diferencia sexual, rehúsa ser traducido a cualquier tipo de lenguaje clasificador, entre ellos el estatal de los derechos.

Palabras Claves: Género, Estado, Política Pública, Imaginarios.

Abstract

Gender, as a theoretical and political category, has made possible to question the ontological and epistemological positivist assumptions, from a strong patriarchal, colonial, racist character under which it laid down and based (and still does) its hierarchical logic, allegedly objective and neutral in the management of the public. Under which was expressed, this article presents an analytical approximation of public politics from a feminist view, resorting to those ends to a characterization of the main imaginaries that go through it and dispute in its behalf and make. Afterwards, -and in correlation with this laid out outline- there are traced down some brief reflections around the obstacles and challenges that means this political field to the state. Finally, it lays down as a question the tensions put into circulation in front of the reconfigurations of the concept of gender, which, breaking its initial connection with the sexual difference, it refuses to be translated to any type of classifying language, between them the state rights.

Keywords: Gender, State, Public Politics, Imaginaries.

A modo de introducción

El presente escrito se constituye en un recorte selectivo de un trabajo más amplio denominado “Decir y Fabricar estatal de reconocimiento: Mujeres sujetos de derechos y de políticas” (Echavarri, 2018), el cual se inscribe en el Paradigma Interpretativo Comprensivo de abordaje, bajo metodologías cualitativas, con especial énfasis en la tradición de la Teoría Fundamentada (Strauss y Corbin, 2002; Glasser y Strauss, 1967).

En el marco expresado, se desarrolla a continuación un preliminar enfoque de análisis de política pública en clave feminista y en términos de imaginarios, cuya dimensión central alude al entramado de significaciones sociales que circulan y disputan al interior de organismos, programas, planes y proyectos de género en Argentina.

A tales fines, se opta por una perspectiva del Estado y la política pública que se guía por lo imaginario/ficcional (Castoriadis, 1985; Andersen, 1993; Abrams, 1977; Tausig, 2005; Bourdieu, 2014). Recurre entre otras, a la categoría teórica de significaciones sociales imaginarias, que son, encarnan y se sostienen en instituciones, a la lógica de la operatoria de su decir -legein- y fabricar -teuckhein-, y el constante proceso de auto alteración entre lo instituido y lo instituyente (Castoriadis, 1985).

De esta manera, se pretende contribuir en la producción de herramientas analíticas ajustadas y situadas socio históricamente en la comunidad política imaginada (Andersen, 1993), consideradas de utilidad al momento de comprender las diversas configuraciones que asume la política de género en nuestro país. Por su parte, es pertinente resaltar que este conjunto de herramientas son el resultado de un análisis espiralado, de aspectos teórico-conceptuales y análisis empírico  propio de la perspectiva metodológica adoptada[3].

La propuesta intenta correrse de tradiciones que otorgan al Estado el carácter esencialista, de categoría dada. Evitar, en el campo de lo posible, aquellas miradas que, desde la apariencia de pensar el Estado, no hacen más que participar en su construcción y su existencia, reforzando modos hegemónicos de relaciones (Bourdieu, 1993).[4]  Reconocer de esta manera lo expresado por Abrams (1977) acerca de que “El estado no es la realidad tras la máscara de la práctica política. Él mismo es la máscara que nos impide ver la práctica política tal como es.” (pp.98).

La perspectiva sugiere así un abordaje al Estado a partir de sus políticas, por considerar que son el lugar propicio de indagación al momento de comprender de un modo más amplio las transformaciones en curso en el accionar estatal y en nuestras sociedades. Esto, tal como fuera tempranamente planteado por Oszlak y O´Donnell en su clásico trabajo de 1976: “Estado y políticas estatales en América Latina: hacia una estrategia de investigación.” También, en sintonía con Bourdieu (2014) quien sugiere que solo a partir del estudio de las acciones del Estado, es posible “pensar lo impensable”[5].

El decir y fabricar de la política de género

La intención resulta en aportar a la construcción de un enfoque de análisis que posibilite elucidar el magma de significaciones sociales que son, encarnan y se sostienen en la política de género. Alertando aquí sobre las limitaciones que posee esta tarea, que para su desarrollo solo cuenta con un conjunto de herramientas teóricas y metodológicas que emergen y son parte de la propia institución (Castoriadis, 2005). Así, las gramáticas teóricas no dejan de compartir analogías con el lenguaje estatal, al sostenerse en procedimientos conceptuales y metodológicos que clasifican, jerarquizan, dividen y agrupan el mundo social.

Esto es, toda categorización deja un afuera, un sin nombrar, invisibilizado, borrado, sin existencia, la que remite a un modo de decir y fabricar el mundo, ella misma instituida como único modo de ser pensado. Esta operatoria, alude a las significaciones sociales instituidas bajo los recursos de la lógica conjuntista identitaria, que desde fundamentos de naturaleza y razón distingue, cuenta, elige, reúne y dice (legein) quiénes, cómo, bajo qué formatos de cuerpos se construye el sistema sexo – género en nuestras sociedades. Al tiempo que los fabrica (teukhein), dando existencia a lo que no es, a lo posible, en términos de las condiciones instrumentales del hacer. Y es aquí, que se silencia la idea de construcción socio histórico de los cuerpos, de las identidades, dándose legitimidad a las jerarquías y distinciones que establece[6] (Castoriadis, 1985).

Ahora bien, esta organización conjuntista identitaria del mundo será lo suficientemente estable y sistemática para dotar de sentido a la política pública, pero al mismo tiempo, lo suficientemente endeble e incompleta como para viabilizar la emergencia de un número indefinido de nuevos sentidos. Es en esos intersticios magmáticos, en las corrientes más blandas, donde puede darse la discontinuidad y ruptura en la sucesión de lo heterónomo (Castoriadis, 2004).

En tal sentido, Castoriadis, en La cuestión de la autonomía social e individual (1986, pp.2) se pregunta: “¿Habré de extenderme sobre la relación que hay entre mi idea de magma y la ruptura ontológica que representa la creación humana de la autonomía?” Y seguidamente expresa:

“En esta medida, romper el sello de la lógica conjuntista identitaria en sus diversos disfraces constituye actualmente una tarea política que se inscribe en el trabajo tendiente a realizar una sociedad autónoma. Lo que es, tal como es, nos permite obrar y crear; lo que es no nos dicta nada. Nosotros hacemos nuestras leyes y por eso somos también responsables de ellas”[7].

Y es aquí que se inserta la política de género, en su interpelación a los modos tradicionales de decir y fabricar estatal, avanzando en nuevos modos de organización y concepciones de mundo. Sin embargo, y al tiempo (ya que lo nuevo no puede sino nacer de lo viejo), no por eso éstas políticas dejan de poseer en su interior rastros de etnocentrismo, patriarcado, colonialismo, clasismo, heteronormatividad. Se trata pues, de diversos imaginarios disputando el contenido que adquiere este campo de políticas.

Políticas de género e Imaginarios en disputa en Argentina

El enfoque propuesto, entiende a la política pública constituida por tres niveles analíticos vinculados entre sí: un primero, que es la arquitectura estatal, su morfología, esto es el conjunto de leyes, procedimientos, organismos que la componen; el segundo, refiere a lo imaginario estatal, abordado como el conjunto de significaciones socio históricamente construidas (instituidas/instituyentes) que se encuentran en circulación y la disputan; y en cuanto al tercero y último, alude a la correlación de distintas fuerzas (lo político/la política) establecidas en sus diferentes fases. Cabe aquí destacar nuevamente, que en ocasión del presente escrito, el énfasis se encuentra puesto en lo imaginario estatal, y en forma periférica a los dos restantes (Echavarri, 2018).

Específicamente en lo que refiere a la política de género que se despliega en Argentina, es al interior del segundo nivel -lo imaginario estatal-, que se identifican al menos cuatro categorías que disputan la configuración de su decir y fabricar.[8] Esto es, se trata de una disputa que alude tanto al modo en que la política categoriza el mundo social (distingue, cuenta, elige, reúne), como a los principios de gestión que posibilitan su materialización.

La primera de estas categorías, significa a las mujeres como objeto de intervención de la política estatal; la segunda, las posiciona como sujetos de derechos y de políticas; la tercera, pone en circulación la insignificancia neoliberal e “ideología de género”. En cuanto a la cuarta, alude a la prevalencia de la lógica magmática, de aquellxs quienes fugan de ser clasificadxs, portadorxs de una gramática la que no parece sea posible aún ser incorporada a lo estatal[9].

Imaginario de normalización racista

Mujeres objeto de la política púbica: cuerpos de reproducción de la comunidad política imaginada

En el proceso fundacional de la comunidad política imaginada argentina - y bajo el orden binario imperante -, las mujeres serán signadas con la irracionalidad, que viene de la mano de los afectos y es cuasi semejante a la locura[10] (Echavarri, 2015). Tal como expresa el Debate Parlamentario de la Ley 10.903 (1919): “El régimen de nuestro matrimonio está asentado sobre el predominio del varón (…) un predominio emergente, no de la ley, sino de la naturaleza misma, débil y afectiva de la mujer” (Echavarri, 2005, pp.102).

No es de extrañar entonces, que los sectores oligárquicos y conservadores que dominan el destino inicial de nuestro país asignen características asociadas a una condición natural femenina, tal la de prevalencia de sentimientos,  irracionalidad e incapacidad de gobernarse a sí misma, y la sumen a esa “masa irracional” que compuesta por ignorantes, vagos, criminales, socialistas, anarquistas, epilépticos y pobres de necesario “disciplinar” y “ordenar” (Vezzetti, 1985).

Esta carencia de racionalidad de la mujer será suplida fabricando estatalmente sobre ella y su descendencia -niñxs- un dispositivo tutelador por parte de la autoridad racional - padre, marido, hermano, Estado-, como las incapacidades de hecho y de derecho que las rigieron: “De manera que, e igual a la niñez que reproducen, éstas solo ingresarán a la comunidad política imaginada en términos de extensión de la autoridad de los hombres, lo que implica su calidad de objetos de derechos y políticas, de mera pertenencia indirecta” (Echavarri, 2015, pp.68).

El fabricar estatal de la incapacidad de derecho y de hecho supone la devaluación estatal de las mujeres, que deshumanizadas tornan en “objeto de la política”. Lo expuesto se traduce en un conjunto de leyes y organismos que, selectiva y restrictivamente, impiden su participación en lo público. Así, y aun cuando las mujeres en Argentina lograban en 1948 su derecho a voto, adquirían el carácter de “ciudadanas incapaces”, al mantenerse aún en vigencia un conjunto de incapacidades en el Código Civil Argentino, las que solo serán levantadas en 1968 (Giordano, 2014).

Un aspecto centralmente relevante que posibilita este fabricar alude al derecho y la alta capacidad performativa que adquiere, el cual se anuda al modelo típico ideal de racionalidad burocrática construido (y objetado) por Weber (1991); y al conjunto de principios que estructuran su fabricar -“universal”, “racional”, “objetivo”, “neutral”, “jerárquico”-, tendiente al “bien común”. Y, en este marco, de las técnicas y normas calculables.

Bajo este carácter de “objeto de la política” se desplegará sobre el cuerpo de las mujeres - concebido como recipiente de reproducción de los futuros ciudadanos y trabajadores de la nación-, un particular decir eugenésico, higienista y racista. De esto, dan cuenta los Debates Parlamentarios del Código Penal (1921) sobre los casos de aborto no punible: "Es la primera vez que una legislación va a atreverse a legitimar el aborto con un fin eugenésico, para evitar que de una mujer idiota o enajenada, o de un incesto, nazca un ser anormal o degenerado". Y más adelante se agrega: "Es indiscutible que la ley debe consentir el aborto, cuando es practicado, con intervención facultativa, a los fines del perfeccionamiento de la raza". (Echavarri, 2015, pp.69).

En fin, el Estado Nación capitalista argentino se apropia de los cuerpos de las mujeres, transformando sus úteros en territorio político a ser controlado (Federici, 2012). Lo expuesto supone, además, profundizar la división sexual del trabajo. Así, según Kritz (1985) si para 1869 los datos indican que en una estructura ocupacional simple, las mujeres representaban el 40% de la fuerza laboral en Argentina; para 1914, éstas solo representarían el 12,2% (Citado en Echavarri, La Serna y Sleepoy, 2011). Es que en un proceso donde mujer y madre serán cuestiones indistintas, el programa racista eugenésico refuerza el retraimiento de las mujeres al mundo de lo reproductivo/privado, y su trabajo asalariado adquiere un sentido de “peligro”, de amenaza al orden instituido.

Para la década del ‘30, las mujeres serán foco de un conjunto de políticas proteccionistas, tales como las leyes de Profilaxis Social 12.331 (1936) y de creación de la Dirección Nacional de Maternidad e Infancia (1936). Novick (2004) analiza los Debates Parlamentarios de estas leyes, dando cuenta del modo en que estas visiones racistas trasvasan a las mujeres y los abordajes estatales de la familia, la fecundidad y la maternidad de la época. A modo de ejemplo, un párrafo de este debate que alude a las madres que no amamantan expresa: “El Estado no puede tener interés en fomentar, o mejor dicho en amparar, a un núcleo de mujeres que, lejos de concurrir al mejoramiento de la raza, son factores de su degeneración” (Novick, 2004, pp.7).

La década de los ´40 supondrá un momento de inflexión para las mujeres, ya que al tiempo que se consolidan los imaginarios de familia nuclear “normal”, “célula básica de la sociedad”  y el rol de las mujeres en la misma, comienzan a hacerse visibles algunas disrupciones, las que pronto serán coartadas bajo los sucesivos procesos dictatoriales, que pretenden indefectiblemente la restauración del instituido fundacional de mujer/madre.

Imaginario de reconocimiento. Mujeres en clave de sujetos de derechos y de políticas

Puede decirse que, desde siempre, las mujeres desplegaron un accionar instituyente. Han participado y luchado activamente por el reconocimiento de sus voces y demandas, encontrándose presentes en el período fundacional argentino, socialistas y librepensadoras demandando por la remoción de la inferioridad civil, la obtención de mayor educación, el auxilio a las madres desvalidas y la cuestión del sufragio en protestas (Barrancos, 2014). También, estuvieron presentes en huelgas y en la construcción de agrupaciones de lucha por sus derechos, tales como la Asociación de Universitarias Argentinas, la Liga Feminista Nacional de la República Argentina, o el Primer Centro Feminista del Libre Pensamiento.

Se trata de luchas activas por transmutar el decir y fabricar estatal que sobre ellas pretendía imponerse. Será recién a fines de la década de los ´70, y bajo el impulso de los movimientos y organizaciones feministas y de mujeres en su vertiente institucionalista, caracterizado por un fuerte componente de clase media y académica (Barrig, 1986), que se producen importantes avances en el reconocimiento de sus derechos. Aunque,  tal lo expresa Facio (2011), solo en 1993 con la Conferencia Mundial de Naciones Unidas (ONU) sobre Derechos Humanos celebrada en Viena, las mujeres alcanzarán la categoría de humanas para el derecho internacional.

Un hito clave a nivel internacional en los procesos de reconocimiento de derechos, desde los que se establece una nueva modalidad de decir y fabricar en este campo de políticas, lo constituye la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, 1979). Otro será la aprobación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará, 1994), la cual establece el derecho humano de las mujeres a vivir una vida libre de violencias en espacios públicos y privados, al tiempo que el conjunto de obligaciones estatales destinadas a efectivizarlo[11].

Los derechos humanos LGBTTTI serán uno de los últimos en ser reconocidos por la comunidad internacional, con la adopción de “Los principios de Yogyakarta sobre la Aplicación de la Legislación Internacional de Derechos Humanos a las Cuestiones de Orientación Sexual e Identidad de Género” (ONU, 2007). Se trata de un conjunto de principios, de estándares legales internacionales vinculantes a los Estados, que abren y tensan la categoría género a sentidos más amplios, no ajustados al tradicional binomio hombre/mujer, aunque situados aún en la clave de afirmación, de reconocimiento identitario estatal. Es decir, no se pretende la deconstrucción, una fuga, sino más bien una afirmación del ser mujer, lesbiana, gay, bisexual, transexual, intersexual, y en esa afirmación su reconocimiento en términos de sujetos de derechos y de políticas (Echavarri, 2015).

Específicamente en Argentina, el retorno a la democracia en 1983, señala el reinicio de procesos obturados por gobiernos dictatoriales de reconocimiento estatal a las mujeres en términos de sujetos de derecho. En tal sentido, pueden mencionarse como hitos significativos, y solo a modo de ejemplo, la creación de la Secretaría de la Mujer y la Familia (1983); la Ley 24012 de Cupo Femenino (1993); la incorporación de la CEDAW al ordenamiento interno con la Reforma Constitucional del ´94; la Ley 25674 de Cupo Sindical Femenino (2002). También, la creación de la Comisión para el Trabajo con Igualdad de Oportunidades (CTIO) al interior del Ministerio de Trabajo (1998).

Pero quizás la actividad más prolífica tendrá lugar entre los años 2003 a 2015, coincidiendo con el período de gobierno Kirchnerista. Entre otras, encontramos aquí, las Leyes  26.150 de Educación Sexual Integral[12] (2006); 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus víctimas (2008); 26.618 de Matrimonio Igualitario (2010); 26.743 de Identidad de Género (2012)[13]. En este período además, se sanciona la Ley Nacional 26.485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales (2009) y su Decreto Reglamentario 1011/2010.

A partir del articulado de esta ley (Ley 25.485) -que designa al Consejo Nacional de las Mujeres (CNM),  actual Instituto Nacional de las Mujeres (INAM) como autoridad de aplicación[14]- puede graficarse el nuevo fabricar estatal que pretende tornar posible el imaginario de reconocimiento (Fraser, 1997). En tal sentido, su Artículo 7,  establece obligaciones a los tres poderes estatales del ámbito nacional y provincial al momento de adoptar las medidas necesarias tendientes a la igualdad entre mujeres y varones. Estas medidas, entre otras, deben implementarse bajo los principios de transversalidad, articulación interinstitucional y coordinación de recursos presupuestarios.

Sería entonces, el Estado Nacional quien debe promover y fortalecer interinstitucionalmente en las distintas jurisdicciones la creación e implementación de servicios integrales de asistencia a las mujeres que padecen violencia y a las personas que la ejercen (Art. 10). Además, de modo expreso se establece que deben desarrollarse un conjunto de acciones prioritarias, que promuevan la articulación y coordinación entre los distintos Ministerios, Secretarías del Poder Ejecutivo Nacional, jurisdicciones provinciales y municipales, universidades y organizaciones de la sociedad civil con competencia en la materia.

De lo expresado, puede inferirse como el fabricar de la política de género parece converger en un acumulado de nuevas pautas de gestión, asociadas al denominado “Enfoque de Derechos Humanos”, tales las de coordinación integral, tranversalidad, intersectorialidad, interjurisdiccionalidad, de configuración de espacios democráticos de participación y decisión. También el controvertido principio de co-responsabilidad. Lo expuesto presupone un marco de integralidad y progresividad de los derechos (Repetto, 2010; Abramovich, 2006; Pautassi, 2013;).

En fin, la política de género en términos de reconocimiento, supondrá la emergencia de un renovado decir y  fabricar estatal, que la entiende inmersa en un contexto socialmente producido y en mutua interacción e influencia con los sujetos de derecho a quienes se encuentra dirigida. Al tiempo que es asumida por quienes la llevan adelante, como posición y reflexión política, imaginativa y creativa.

De la insignificancia.[15] Nuevos escenarios e Ideología de género

El instituyente núcleo en clave de reconocimiento de derechos humanos había sido imaginado en una política estatal bajo un determinado contexto bienestarista de redistribución y desarrollo económico. Sin embargo, su irrupción en los contextos nacionales sucedía en el marco de la “avanzada de la insignificancia”. La escala que adquiere este proceso supondrá una devastación generalizada de derechos conquistados, de precarización de las condiciones de trabajo y empleo y concentración de la riqueza. En cuanto a esta última, los datos indican que casi la mitad de la riqueza se encuentra en manos del 1% de la población y la otra mitad sería repartida entre el 99% restante (Oxfam, 2016).

Asistimos así a la desposesión de condiciones materiales, de derechos, de sentidos y proyectos colectivos de existencia.  Y si bien en Argentina el Kirchnerismo supuso un intento  - al menos en algunos de sus aspectos-  de límite a esta desposesión, bajo el gobierno Macrista la insignificancia se complejiza y agudiza adquiriendo nuevas facetas[16].

Precisamente, la insignificancia no es mero dato contextual. Esta posee un fabricar que disputa la gestión de lo estatal a partir de su despolitización de lo público. El Estado se concibe análogo a una empresa privada, bajo criterio gerencial y orientado a resultados.  Resulta central además la crítica realizada al régimen jurídico de empleo y al principio de estabilidad laboral, alentando la flexibilidad laboral y el reemplazo de las burocracias por equipos de trabajo y gerentes públicos o CEOs.

Un reemerger de discursos sobre la “ineficiencia” del Estado, que habilitan la reedición bajos nuevos escenarios del enfoque de la “Nueva Gerencia Pública” (NGP) que pretendió ser aplicado en Argentina en el transcurso de los ´90.  En cuanto a los principios de gestión de la NGP, entre otros, aluden a: la descentralización, el aplanamiento de las estructuras organizacionales, la desburocratización, la figura de “agencia” y de “cliente”, la precarización del empleo público y una evaluación con base a resultados (Acuña, 2003).

Este fabricar, el cual trasvasa al conjunto de las políticas estatales, en el campo de la política de género puede graficarse a partir del recorte aplicado en el Presupuesto Nacional 2019, que entre otros, reduce el monto de partida al Instituto Nacional de las Mujeres - organismo nacional que regula actualmente este campo de políticas -. También, entre otros, se recorta el Programa Hacemos Futuro Juntas (Ex Ellas Hacen); las Líneas 0800 y 137 de Justicia. Siendo escasos además los recursos que se destinan al logro de la autonomía económica de las mujeres[17].

Por su parte, y de modo paralelo a este recorte, se produce la expansión de grupos conservadores antiderechos, que se posicionan en contra de la “ideología de género”, aludiendo aquí a significaciones puestas en circulación activamente a partir de la década de los ´90 por la Iglesia Católica y compartida por gobiernos de carácter conservador y otros credos, como los evangelistas y los pentecostales.

El término “ideología de género” es adoptado y utilizado por estos grupos religiosos y conservadores al momento de descalificar la perspectiva de género y derechos humanos, fundamentado, principalmente, en un constructo intelectual que es desarrollado, entre otros, con la obra de Dale O´Leary, reportera cercana al Opus Dei que asistió a Beijing e introdujo la categoría “ideología del género” en The gender agenda. Redefining equality (1997). En 1998, Alzamora Revoredo, de la Conferencia Episcopal Peruana, publicó La Ideología de Género. Sus Peligros y Alcances. En Argentina, y especialmente en la ciudad de Córdoba, tiene como referente a Agustín Laje[18], quien junto a Márquez publicó en 2016 El libro negro de la nueva izquierda: ideología de género o subversión cultural (Taborda Varela, 2016).

Organizaciones y movimientos de mujeres y feministas latinoamericanas, tales como la Articulación Feminista Marcosur, entienden que lo que está en marcha a partir de este constructo de la “ideología de género” es una enorme campaña política y mediática de desprestigio al enfoque de género, cuya finalidad es regresar a las mujeres al ámbito de lo privado, y en donde lo que subyace es que la desigualdad no solo es natural, sino necesaria en el desarrollo de las sociedades. Señalan los casos de Paraguay, Brasil (donde cuentan con bancadas evangelistas en la Legislatura Nacional), Colombia y Perú, y los campos de acción decisiva en planes de educación y leyes de violencia que poseen estos grupos fundamentalistas.

Cabe mencionar aquí a Colombia y el triunfo del NO en el plebiscito sobre el Acuerdo de Paz entre las FARC y el gobierno, el que estuvo sustentado en gran medida en una prolífica campaña de desprestigio que afirmaba que el documento “tenía encriptada ideología de género”. Los grupos evangélicos que apoyaron este discurso representaron aproximadamente dos millones de votos, decisivos al momento de la derrota (Díaz, 2017). También el triunfo reciente de Bolsonaro en el Brasil (2018), quien con sus abiertas declaraciones contra el aborto y la “ideología de género” ha obtenido importantes adhesiones en el seno no solo de la comunidad católica, sino de la evangelista.

En Argentina, recientemente, viene siendo desarrollada la denominada campaña antiabortista denominada “El Bebito”, la que consiste en repartir imágenes y estatuillas con forma de yeso, bajo el slogan: “Son únicos, preciosos, irrepetibles. Todos los bebitos tienen derecho a nacer”.  También, las campañas “Cuidemos las dos vidas” o “Salvemos las dos vidas” y “Con mis hijos no te metas”. Se trata de reacciones organizadas de corte conservador desplegadas en contra del proceso de sanción del Proyecto de Aborto Legal, Seguro y Gratuito[19], y que luego accionaran en contra de la Educación Sexual Integral (ESI) y la diversidad sexual.

También, cabe mencionar los hechos de represión policial que tuvieron lugar en los Encuentros de Mujeres de Mar del Plata (2015) y Rosario (2016). Asimismo, en el encuentro realizado en Chaco (2017), las organizaciones feministas denunciaron cómo la policía, en vez de reprimir, habría dejado el espacio donde transitaban las mujeres como “zona liberada”, y al cierre de las jornadas de debate, hombres autoconvocados vía redes sociales, procedieron a correrlas y golpearlas con palos y piedras.

La “ideología de género” supone así el acople, bajo los nuevos y complejos escenarios, del imaginario fundacional racista normalizador y el de la insignificancia, que tiende a re situar a las mujeres en su natural ámbito doméstico, configurando un único modo de vida posible. Lo superior y lo inferior, lo puro y lo impuro, lo legítimo y lo ilegítimo, se desarrollan ahora en el seno de una nueva dinámica, que al tiempo que devasta derechos conquistados, incluye políticas de seguridad de fuerte corte represivo, de “tolerancia cero” o “mano dura”.

Imaginario magmático: Implosionar binomios

Desde su aparición en escena en los ´60, la categoría género como herramienta conceptual y política posibilitó dejar de lado la idea de naturaleza y desmontar el entramado por el cual en cada sociedad se produce una apropiación desigual de riqueza, poder político, status y prestigio entre mujeres y varones (Scott, 1989; Flax, 1995).

En las últimas décadas, sin embargo, este concepto viene siendo tensado, ampliado, escindiéndose de su base biológica (hombre/mujer). Bajo lo expuesto, se alude aquí a modos de transformación siempre dinámicos e imprevisibles en los que los sujetos pueden configurar otras formas de existencia, desplazando y dislocando la manera en que son atados a ciertas identidades.

Se trata de la emergencia de aquellos quienes ni siquiera pudieron ser imaginados, poblaciones que serán desaparecidas, extintas, borradas del panorama visual (Butler y Chakravorty Spivak, 2009). El decir y fabricar de la política estatal pretende (siempre pretensión) imponer un imaginario que supone la existencia de poblaciones completas, la desaparición de realidades imposibles de ser pronunciadas, ni siquiera en términos de criminalidad, anormalidad o inadaptación, estableciendo en la frontera de lo imposible no ser varón o mujer.

Un cuestionamiento no solo a todo intento de asimilación y normalización estatal; sino también a los  procesos de reconocimiento de la diferencia iniciados vía los estatutos normativos legales y estatales. Puede caracterizarse como el intento de implosionar los binomios propios de la lógica conjuntista identitaria, un cambio en los regímenes del decir y fabricar, siendo sus desarrollos provenientes del campo del género. Son procesos instituyentes, que no han penetrado aún la política de género desplegada, que sientan posiciones críticas sobre los procesos de reconocimiento del Otro en términos de sujetos y de política.

Butler (2006) caracteriza esta perspectiva como una Nueva Política de Género, que ha surgido en los últimos años a partir de una combinación de movimientos que engloban al transgénero, la transexualidad, la intersexualidad y a las complejas relaciones con las teorías feministas y queer.  Se cuestiona desde la misma que no solo el género supone construcción social, sino además el sexo. Esto es, una multiplicidad de géneros que han existido desde hace mucho tiempo, pero no admitidos en el mundo de lo posible, en los términos que gobiernan la realidad, entonces aquí es “(…) donde las normas de reconocimiento adquieren como función producir y deproducir la noción de humano.” (Butler, 2006, pp.55).

Y si bien las diferentes líneas teóricas que se insertan en esta perspectiva parten de entender el género como construcción socio histórica, de carácter contingente, no existiría acuerdo en torno al modo en que ésta opera. Así, durante toda la década de los noventa, el modelo teatral performativo desarrollado por Butler se erigió en su corriente dominante (Preciado, 2010). Sin embargo, en los años recientes han aparecido posiciones alternativas como el modelo biodrag de Beatriz Preciado, que desafía la hegemonía de tal concepción (Gros, 2016).

Hablamos de una multiplicidad inconsistente -no de un conjunto-, a partir de los cuales se pueden construir conjuntos en números indefinidos, pero que no puede ser nunca reconstituido por la composición de estos conjuntos. Esto es, se rechaza las clasificaciones de los individuos en categorías (mujer, hombre, homosexual, heterosexual, transexual, travesti, lesbiana, gay), objetando así la distinción entre lo normal y lo anormal, estableciendo a las anormalidades para el conjunto, y deviniendo la misma en potencia política.

A modo de cierre

Analizar la política pública en clave feminista obliga a poner en evidencia y nombrar todo aquello que reprime, oprime. Esto de por sí nos sitúa en una encrucijada, al ser en lo estatal donde se concentra el monopolio de la violencia física y simbólica en nuestras sociedades. Y en este marco, se entiende necesario seguir profundizando reflexiones y discusiones colectivas - conflictivas, no sistemáticas ni lineales y aun fuertemente contradictorias -, que pongan como centro y permitan avanzar en el interrogante sobre las posibilidades de transformar el tradicional decir y fabricar estatal normalizador y sus aún indelebles huellas patriarcales, colonialistas, racistas, clasistas que lo circulan. También, en las configuraciones particulares que se producen bajo los actuales escenarios de la insignificancia.

Se trata de reconocer abiertamente que es a partir del efecto fetichizador del Estado que se hace posible “legitimar lo ilegítimo”, convertir en tolerable aquello que si se lo viera directo y por sí mismo constituiría una dominación inaceptable, tal la reproducción de las subordinaciones y dominaciones construidas a partir del sistema sexo-género. Pero visualizando al tiempo, que es en ese mismo Estado donde han pujado y pujan las luchas de las organizaciones y movimientos feministas que han materializado la emergencia de leyes, organismos y políticas en este campo. Vislumbrar así como las luchas desplegadas contra el patriarcado posee, entre otros, al Estado como un territorio privilegiado de disputas.

En este marco, el enfoque propuesto invita a analizar la política de género que se despliega en Argentina a partir de los imaginarios que disputan el decir y fabricar de su contenido. Esto es al modo en que esta política categoriza el mundo social (distingue, cuenta, elige, reúne), como a los principios de gestión que posibilitan tal materialización.

Una primera cuestión que emerge aquí, alude a la fragilidad que posee el fabricar de la política de género en términos de reconocimiento y la modalidad de gestión que propone a fines de su ejecución, que refiere a principios tales los de coordinación integral, tranversalidad, intersectorialidad, interjurisdiccionalidad y configuración de espacios democráticos de participación y decisión.

Puede establecerse como supuesto, y en el marco analítico propuesto, que tal fragilidad deviene al encontrarse esta política de reconocimiento inmersa en una doble disputa. Por un lado, se opone a la gestión estatal tradicional de la normalización racista, que remite a principios de autoridad jerárquica, objetividad, racionalidad y especialización en sus funciones. Por otro, al hecho que este accionar de reconocimiento se despliega en el marco del fabricar gerencialista, tecnocrático y precarizador de la insignificancia.

En este contexto, se entiende que el profundizar en estudios de casos de organismos, planes y proyectos de género de territorios diversos a partir de este enfoque preliminar propuesto, posibilitaría comprender las configuraciones particulares, desafíos, obstáculos y condiciones habilitantes que impiden o posibilitan la materialización de esta política y la concreción efectiva de derechos.

Lo expuesto no implica dejar de lado la necesidad de continuar tensando el propio núcleo de significaciones de reconocimiento, el que apela al mismo decir y fabricar estatal de la normalización racista (el Derecho), pero esta vez como estrategia política a fines de proceder, bajo los mágicos rituales jurídicos, a construir nuevos sujetos de derecho y de políticas.

Esto es, interpelar la potencia del Derecho y de la política de género de recorrer un camino de transformación, al ser su punto de partida el presuponer que la ciudadanía hace al sujeto y no, de forma inversa, el sujeto a la ciudadanía (Butler, 2006). No es la humanidad la que provee derechos, sino que inversamente, es por la ciudadanía obtenida a partir y bajo las condiciones establecidas por el derecho que se obtiene el carácter de humano, lo cual hace a Facio (2011) sostener que será recién en 1993 que las mujeres adquieran la categoría de humanas, esto es, de personas.

Así, retomar la tarea política propuesta por Castoriadis (1986) que sugiere  “romper el sello de la lógica conjuntista identitaria en sus diversos disfraces”, y proseguir interrogándose en torno a: ¿qué sucede con aquellxs que no pueden y/o rehúsan ser traducidxs al lenguaje estatal de los derechos? ¿Es posible pensar la política pública desde esta clave analítica, o la misma establece un límite infranqueable a lo estatal?

Referencias

Abrams, P. (1977). Sobre las dificultades de estudiar el Estado. Recuperado de: http://vip.ucaldas.edu.co/virajes/downloads/Virajes2(2)_8.pdf

Abramovich, V. (2006). Una aproximación al enfoque de derechos en las estrategias y políticas de desarrollo. Revista de la CEPAL. Núm. (88). (Pp. 35 – 50). CEPAL. Doi:https://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/11102/1/088035050_es.pdf

Acuña, F. (2003). “La reforma de la administración pública: entre los paradigmas externos y las realidades nacionales”. En VIII Congreso Internacional del CLAD sobre Reforma del Estado y de la Administración Pública. Panamá. Institución organizadora

Anderson, B. (1993). Comunidades imaginadas. Reflexiones sobre el origen y la difusión del nacionalismo. México: Fondo de Cultura Económica.

Barrancos, D. (2014). Los caminos del feminismo en Argentina, Historia y derivas, Voces en el Fenix, Núm. (32) Magnolias de acero. Buenos aires, Plan Fenix. Doi: http://www.vocesenelfenix.com/category/ediciones/n%C2%BA-32

Barrig, M. (1994). “Los malestares del feminismo latinoamericano: una nueva lectura”. En: Seminario "Aspectos de Cooperación y Género en América Latina". ASDI, Agencia Sueca para el Desarrollo. Managua. Recuperado de: http://www.mujeresenred.net/spip.php?article140

Bourdieu, P. (1993). Campo del poder y campo intelectual. Buenos Aires: Folios Ediciones.

Bourdieu, P. (2014). Sobre el Estado. Cursos en el Collège de France (1989-1992). Barcelona: Anagrama.

Butler, J. (2006). Deshacer el género. Barcelona: Paidós.

Butler, J. (2014). “Repensar la vulnerabilidad y la resistencia”. En XV International Association of Women Philosophers Symposium. Alcalá de Henares.

Butler, J., y Chakravorty Spivak, G. (2009). ¿Quién le canta al estado-nación? Lenguaje, política, pertenencia. Buenos Aires: Paidós.

Castoriadis, C. (1985). La institución imaginaria de la sociedad Vol II. Barcelona: Tusquets.

Castoriadis, C. (2004). Sujeto y verdad en el mundo histórico social. Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica.

Castoriadis, C. (2005). Los dominios del hombre. Las encrucijadas del laberinto. Barcelona: Gedisa Editorial.

Castoriadis, C. (1986). La autonomía social e individual. En Contra el poder Núm. (2). Madrid. Junio de 1998. Doi: file:///E:/usuario/Downloads/la-cuestion-de-la-autonomia-social-e-individual%20(1).pdf

Castoriadis, C. (1997). El Avance de la Insignificancia. Buenos Aires, Argentina. Eudeba.

Díaz, C. (2017). El nuevo fantasma que recorre América Latina: la ideología de género. En Bravas. Núm. (1). Recuperado de: http://revistabravas.org/article/17/el-nuevo-fantasma-que-recorre-am%C3%A9rica-latina-la-ideolog%C3%ADa-de-g%C3%A9nero

Echavarri, L. (2018). “Decir y Fabricar estatal de reconocimiento: Mujeres sujetos de derechos y de políticas.” En: ESTADO, NUEVOS SUJETOS DE DERECHOS Y CONTEXTOS: ¿Qué transformaciones en el decir y fabricar de las políticas públicas? Estudio en base a una selección de experiencias en el campo de la política pública de Niñez, Nueva Economía Social y  avance de los Derechos de las Mujeres. Tesis de Doctorado. Instituto de Investigación y Formación en Administración Pública - Facultad de Ciencias Sociales - Universidad Nacional de Córdoba. “No publicada”.

Echavarri, L. (2015). “Política estatal y entramado de significaciones. Familia y nuevxs sujetos de derechos en Argentina: tendencias presentes en el Debate Parlamentario de la Ley de Matrimonio Igualitario”. En: La Serna, C. (Ed.). (2015). Los imaginarios estatales bajo la experiencia Kirchnerista. Córdoba: IIFAP. Recuperado de: https://blogs.unc.edu.ar/doctoradoaypp/files/imaginarios-estatales.pdf

Echavarri, L; Moreira Slepoy, J y La Serna, C. (2011). “Gobiernos locales, género y mundo del trabajo”. En: La Serna, C. (Ed.). (2011). La cuestión de género en las políticas locales. Buenos Aires: Ed. CICCUS.

Echavarri, L. (2005). Tesis de Magister: Actores y producción legislativa en las políticas de infancia y adolescencia de la Provincia de Córdoba. Córdoba: IIFAP/UNC.

Facio, A. (2011). Viena 1993, cuando las mujeres nos hicimos humanas. En: Pensamiento Iberoamericano. Núm. (9). (pp 3-20). ISSN 0212-0208. Doi: https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=3710875

Federici, S. (2012). Revolución en punto cero. Trabajo doméstico, reproducción y luchas feministas. Madrid: Traficantes de sueños.

Flax, J. (1995). Psicoanálisis y feminismo. Pensamientos fragmentarios. Madrid: Cátedra.

Fraser, N. (1997). Iustitia Infraserfraterrupta. Reflexiones críticas desde la posición postsocialista. Santa Fé de Bogotá: Siglo del Hombre Editores.

Glasser, B. y Strauss, A. (1967). El método de comparación constante de análisis cualitativo. En The Discovery of Grounded Theory: strategies for qualitative research. Material de Cátedra, Profesor Forni.

Gros, A. (2016). Judith Butler y Beatriz Preciado: una comparación de dos modelos teóricos de la construcción de la identidad de género en la teoría queer. En: Civilizar. Ciencias Sociales y Humanas. Núm. (30). Vol (16). (pp. 245-260). Colombia: Universidad Sergio Arboleda Bogotá. Doi: https://www.redalyc.org/pdf/1002/100246672016.pdf

Guzmán, V. (2001). La institucionalidad de género en el estado: Nuevas perspectivas de análisis. Santiago de Chile: Unidad Mujer y Desarrollo - CEPAL.

Informe Oxfam. (2016). Una economía al servicio del 1%. Acabar con los privilegios y la concentración de poder para frenar la desigualdad extrema. Recuperado de: https://www.oxfam.org/sites/www.oxfam.org/files/file_attachments/bp210-economy-one-percent-tax-havens-180116-es_0.pdf

Informe ELA. (2018). Análisis del proyecto de presupuesto 2019 desde una perspectiva de género: avances y retrocesos para la igualdad. Recuperado de: file:///E:/usuario/Downloads/Adjunto%20PDF.pdf

Novick, S. (2004). Políticas del Estado Argentino y el rol de las mujeres: legislación referida a maternidad y enfermedades venéreas (1930 – 1943). En: Meeting of de Latin America Studies Association. Las Vegas, Nevada.

Oszlak, G y O’Donnell, G. (1976). Estado y políticas estatales en América Latina: hacia una estrategia de investigación. Recuperado de: http://e-tcs.org/wp-content/uploads/2017/03/Oszlak-ODonnell-1984-Estado-y-pol%C3%ADticas-estatales-en-Am%C3%A9rica-Latina-hacia-una-estrategia-de-investigaci%C3%B3n.pdf

Pautassi, L. (2013). “Monitoreo del Acceso a la Información desde los Indicadores de Derechos Humanos”. En Sur, Revista Internacional de Derechos Humanos. , Núm. (18). Vol. (10). (pp. 56 a 77). Red Universitaria de Derechos Humanos. San Pablo, Brasil. Disponible en Inglés, español y portugués, http://www.surjournal.org/esp/conteudos/pdf/18/04.pdf

Preciado, B. (2010). Pornotopía. Arquitectura y sexualidad de Playboy durante la guerra fría. Barcelona: Anagrama.

Repetto, F. (2010). Coordinación de Políticas Sociales: Abordaje Conceptual y Revisión de Experiencias Latinoamericanas. Recuperado de: http://old.clad.org/documentos/otrosdocumentos/material-didactico-curso-bogota-2011/6.-repetto-2010-jgm

Scott, J. (1989). Género: una categoría útil para análisis histórica. Traducción: Rufino, C; Ávila, MB.  Texto original: Scott, J. (1989). Gender: a useful category of historical analyses. Gender and the politics of history. New York: Columbia University Press. Recuperado de: https://edisciplinas.usp.br/pluginfile.php/185058/mod_resource/content/2/G%C3%AAnero-Joan%20Scott.pdf

Strauss, A., y Corbin, J. (2002). Bases de la investigación cualitativa. Técnicas y procedimientos para desarrollar la Teoría Fundamentada. Medellín: Editorial Universidad de Antioquia.

Taborda Varela, J.C. (2016). Agustín Laje: el que sobresale en Córdoba. En La Tinta. Periodismo Hasta Mancharse. Córdoba. Recuperado de: https://latinta.com.ar/2016/12/agustin-laje-el-que-sobresale-en-cordoba/

Taussig, M. (2005). Maleficium: el fetichismo del Estado. Recuperado de: https://es.scribd.com/document/151630269/Michael-Taussig-El-Fetichismo-del-Estado

Vezzetti, Hugo. (1985). La Locura en la Argentina. Buenos Aires, Paidós.

Weber, M. (1991). ¿Qué es la burocracia? Buenos Aires: Editorial Leviatán.

        

Estado y política pública en clave feminista: sobre la perpetua pretensión estatal de categorizar el “ser mujer”

                Leticia Echavarri


[1] Fecha de recepción: 09/10/2018. Fecha de aceptación: 15/12/2018.

[2] Instituto de Investigación y Formación en Administración Pública de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba.

[3] En cuanto al corpus analizado que posibilitó el emerger de las categorías centrales de este esquema refiere a el análisis de la Ley Nacional de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales (Ley 26485, 2009) y su Decreto Reglamentario 1011/2010, y la Ley Provincial 9283 (2006) de Violencia Familiar.  También, se analizó la política llevada adelante por la Dirección de Violencia Provincial, y el proceso de conversión al actual Polo Integral de la Mujer (Período 2011 a 2017). Esto, a partir de documentación oficial producida, observación y entrevistas en profundidad efectuadas a decisores políticos y equipos técnicos.

[4] Esto no supone desconocer diversos aportes teóricos, ni descartar de plano nociones conceptuales preliminares referidas al Estado. Se trata, más bien, de partir de conceptos sensibilizadores, provisorios, no determinantes ni apriorísticos. Herramientas seleccionadas de carácter solo inicial, entendiéndolas con potencialidad para aportar al momento de elucidar a la política de género en términos de procesos de construcción socio histórica.

[5] Uno de los desafíos se constituye así, en la necesidad de (intentar) sortear el obstáculo de “aplicar al Estado, categorías de pensamiento producidas y  garantizadas por el Estado” (Bourdieu, 1993, pp.1), al ser esta producción e imposición de categorías que aplicamos al mundo y al Estado mismo, uno de sus poderes mayores. En este marco, las propias significaciones sobre el objeto de estudio, se encuentran ellas mismas performadas (en parte) por el propio objeto de estudio. Se asume así, de manera explícita el riesgo de trabajar a partir de ideas preconcebidas, “de aplicar al Estado una idea de Estado (…) ya que nuestras ideas, las estructuras mismas de la conciencia con las que construimos el mundo social y ese objeto concreto que es el Estado, tiene muchas posibilidades de ser producto del Estado.” (Bourdieu, 2014, pp.13).

[6] Al decir de Castoriadis (1985, pp.575) “La sociedad, por tanto, es siempre institución de lo histórico – social. Pero esta autoinstitución en general no se sabe como tal (lo que ha hecho creer que no puede saberse como tal). La alienación o heteronomía de la sociedad es autoalienación; ocultación del ser de la sociedad como autoinstitución a sus propios ojos, recubrimiento de su temporalidad esencial. Esta autoaliencación – sostenida a la vez por la respuesta que históricamente se han dado hasta ahora a las exigencias del funcionamiento psíquico, por la tendencia propia de la institución y por la dominación casi incoercible de la lógica – ontología identitaria – se manifiesta en la representación social (ella misma, cada vez, instituida) de un origen extrasocial de la institución de la sociedad (origen atribuido a seres sobrenaturales, a Dios, a la naturaleza, a la razón, a la necesidad, a las leyes de la historia o al ser – así del Ser). Desde este punto de vista, una parte esencial del pensamiento heredado no es otra cosa que racionalización de esta heteronomía de la sociedad y, en tanto tal, una de sus manifestaciones”.

[7] A fin de ampliar las relaciones entre lógica conjuntista identitaria, lógica magmática, autonomía y heteronomía remitimos a Castoriadis 1986 y 2005.

[8] Y si bien puede asumirse que estas categorías poseen construcciones diferenciales acorde a las particularidades de los territorios en los que se despliega, se entiende que al tiempo es posible establecer propiedades comunes, que tributan en el proceso de construcción de la comunidad política imaginada (Andersen, 1993).    

[9] Tal como fuera expresado, es en la constante interacción entre dato y teoría que fue posible identificar este conjunto de categorías, las cuales trasvasan la política de género en Argentina. Se trató así de un esfuerzo encaminado a establecer un marco analítico integrativo y ajustado a este campo de política y, en el marco del trabajo más amplio, a los casos específicos de análisis.

[10] Remitimos aquí, a fin de un desarrollo exhaustivo de este punto a Echavarri, 2015.

[11] Guzmán (2001) señala que es en el marco de la CEDAW y de las Conferencias Internacionales de la Mujer (México, 1975; Copenhague, 1980; Nairobi, 1985; Beijing, 1995) que emerge como cuestión el modo que debe adquirir la arquitectura estatal para el avance de los derechos de las mujeres. En cuanto a las concepciones sobre el modo que debe asumir esta arquitectura, las mismas han oscilado entre la creación de organismos específicos de la mujer con diversas características y alcances promovidos en las conferencias de México y Nairobi; e instancias de coordinación de políticas, responsables de liderar procesos de transversalidad de la perspectiva de género, como fue planteada en Beiging.

[12] Esta será acompañada por el Programa Nacional de Educación Sexual Integral (2008) y la redacción de los “Lineamientos Curriculares para la Educación Sexual Integral” (2009).

[13] También, la Ley 26.791 (2012), que modifica el Código Penal e incorpora la figura de feminicidio y el agravamiento de penas;  la ley 26.738, de Delitos contra la Integridad Sexual (2012) y la aprobación del Protocolo de Asistencia a Víctimas de Explotación Sexual Infantil y Trata de Personas. Puede mencionarse además, en lo que refiere a los derechos relativos a su autonomía económica, la puesta en marcha desde la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) de las moratorias previsionales que fueron implementadas en 2005 (Ley Nacional 25.994 y Decreto 1454/5) y 2014 (Ley Nacional 26.970).  Se trata del Plan de Inclusión Previsional con Prestación de Jubilación Anticipada conocido como “Jubilación de Ama de Casa”, que benefició a trabajadoras informales, trabajadoras domésticas y trabajadoras no registradas en general, impactando en la participación en la economía por parte de las mujeres destinatarias. También, la sanción de la Ley Nacional 26.844 (2013) de trabajadores/as de casas particulares. Asimismo, la Coordinación de Equidad de Género e Igualdad de Oportunidades en el Trabajo (CEGIOT) de 2007 cuya finalidad será la de transversalizar la perspectiva de género en el conjunto de las políticas de trabajo y empleo.  Por su parte, al interior del Ministerio de Desarrollo Social se ponía en marcha en 2014 por primera vez un programa de Economía Social específico para mujeres: “Ellas Hacen” (Res. 2.176/2013).  

[14] El Instituto Nacional de las Mujeres (INAM) es creado por Decreto 968/2017 y reemplaza en sus funciones al Consejo Nacional de las Mujeres. El INAM se aloja en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social.

[15] Aludimos aquí a los desarrollos de Castoriadis en torno a la insignificancia. Específicamente, a su obra El avance la insignificancia (1997).

[16] El período Kirchnerista es comprensivo de los años 2003 a 2015 (alternados por Néstor Kirchner (2003-2007) y Cristina Fernández de Kirchner (2007-2015). En cuanto al gobierno de Mauricio Macri comenzará en el 2015, cumpliéndose su mandato en el año 2019.

[17] Para una descripción detallada sobre este aspecto remitimos a Informe producido por ELA denominado: “Análisis del proyecto de presupuesto 2019 desde una perspectiva de género: avances y retrocesos para la igualdad” (2017).

[18] Vale aquí referenciar que el primer libro de Laje: Los mitos setentistas - Mentiras fundamentales sobre la década del 70 (2011), le valió una beca para estudiar contraterrorismo en el Center of Hemispheric Defense Studies de la National Defense University (Washington D.C.).

[19] El mismo se iniciaba el 10 de abril de 2018 con las audiencias públicas donde se exponían los argumentos en favor y en contra de la despenalización y legalización del aborto.